miércoles, 4 de marzo de 2009

Pronombres personales, laísmo, loísmo y leísmo.

-Pronombres personales.-

Son morfemas gramaticales sin contenido léxico que en una oración, usualmente (aunque no siempre) se refieren a objetos, personas o animales. Sintácticamente un pronombre es siempre un sintagma nominal o sintagma adjetival (en el caso de los pronombres personales posesivos).

Pronombres personales del español:
-Sujeto ("Caso nominativo")
yo, vos, tú, usted, él/ella, nosotros/nosotras, vosotros/vosotras, ustedes, ellos/ellas
-Objeto directo ("Caso acusativo")
me, te, te, lo/la/se, nos, os, los/las/se
-Objeto indirecto ("Caso dativo")
me, te, te, le/se, nos, os, les/se
-En sintagma preposicional
mí, vos, ti, él/ella/sí, nosotros/nosotras, vosotros/vosotras, ellos/ellas/sí
-Cuando la preposición es con las formas de singular de español estándar toman las siguientes formas:
Yo (mí) → conmigo
Tú (ti) → contigo
Él/ella (sí) → consigo
-Posesivos ("Caso genitivo")
el mío / la mía / los míos / las mías
el tuyo / la tuya / los tuyos / las tuyas,
el suyo / la suya / los suyos / las suyas
el nuestro / la nuestra / los nuestros / las nuestras
el vuestro / la vuestra / los vuestros / las vuestras
el suyo / la suya / los suyos / las suyas

-Leísmo.-
El leísmo es la sustitución del pronombre personal lo/la por le en la posición de complemento directo y en los verbos que tradicionalmente rigen el caso acusativo (también llamados verbos transitivos) en español:
(Forma leísta) Juan le ha visto.
(Forma estándar) Juan lo ha visto.
Hay diferentes tipos de leísmo: estándar, aparente, deferente, de contacto, etc.

Diferentes zonas en España:
Asturias, Navarra, Aragón, León, Extremadura, La Mancha, Murcia, Andalucía oriental.

-Laísmo.-

El laísmo es el uso de los pronombres personales "la" y "las" en función de objeto indirecto en lugar de las formas estándar "le" y "les" pues a "la" y "las" no les corresponde su uso como complemento indirecto. En ciertos dialectos del español el laísmo es un fenómeno extendido.
El laísmo es frecuente en el dialecto madrileño: A ella, la dolía la cabeza (en lugar de: A ella, le dolía la cabeza).

-Loísmo.-


El loísmo es una peculiaridad de ciertos dialectos del español que consiste en la sustitución del pronombre personal "le" (que representa generalmente al objeto indirecto) por "lo" (que se reserva, en dialectos no loístas, para el objeto directo). Desde el punto de vista del español normativo la Real Academia Española condenó el loísmo en 1874 y lo reconoce como un vulgarismo, por lo que no es correcto el uso "loísta" en español normativo.A veces, cambia el significado de las frases: Cuando un "loísta" dice "Lo pegué", quien no lo es entiende que "la cosa" referida fue pegada (con un adhesivo) y no "golpeada" que es lo que el "loísta" quería decir.

El loísmo, al igual que otros fenómenos paralelos relacionados con el uso antietimológico de los pronombres átonos de tercera persona, como el laísmo y el leísmo, comienza a fraguarse en la Castilla primitiva durante la Edad Media. La incidencia del loísmo ha sido siempre muy escasa en la lengua escrita, especialmente en singular, y solo se documenta hoy en textos de marcado carácter dialectal. La marginación de este fenómeno dentro de la propia norma peninsular de España hizo que no se instalase en el español atlántico (Canarias e Hispanoamérica).

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